domingo, 26 de agosto de 2018


ORIGEN DE LA LEGISLACION LABORAL


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En los inicios los aborígenes se dedicaban a la caza, la pesca y la agricultura; se regían por las órdenes que impartía el jefe de grupo o cacique de cada tribu. Al llegar los conquistadores cambian las actividades primarias y hacen que se dediquen solo a la explotación de las minas para colmar su avidez de oro .

En los inicios los aborígenes se dedicaban a la caza, la pesca y la agricultura; se regían por las órdenes que impartía el jefe de grupo o cacique de cada tribu. Al llegar los conquistadores cambian las actividades primarias y hacen que se dediquen solo a la explotación de las minas para colmar su avidez de oro



Durante la conquista y la colonia se impusieron órdenes y decretos originados en la voluntad propia del rey de España. Se recopilaron en el reinado de Carlos II de España con el nombre de legislacion indiana
El 1 de Enero de 1852 con el presidente José Hilario López, empiezan a aparecer leyes sociales, hoy conocidas como CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO.

NUESTRO CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO TIENE TRES ASPECTOS:
1-DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO:Abarca todos los derechos y obligaciones que asisten a los trabajadores con respecto a sus empleadores.
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2-DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO: Contiene todos los derechos y obligaciones que surgen entre empleadores y trabajadores  
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3-EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL:Fue creado por la ley 100 de 1993 y los decretos que reglamentan, aspecto que hoy constituye en la practica, un
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nuevo código denominado régimen de seguridad social en Colombia. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad. 
CAMPO DE APLICACION: 
Resultado de imagen para campo de aplicacionLa legislación laboral se aplica a todos los habitantes del territorio de la república, sin considerar su nacionalidad.



NORMAS PROTECTORAS DEL TRABAJO:Siendo el trabajo una obligación social, el estado protege cualquier actividad que el Colombiano elija para procurarse la subsistencia. (La constitución nacional en el articulo 25 así lo ordena)                                                                                                                     .                                       
                                                                                                                  

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